Mutuas 1. El pago de la prestación económica por I.T. derivada de contingencias comunes, en lugar del INSS. 2. El coste de las gestiones administrativas que la mutua realice en relación con estas prestaciones. 3. El coste de los controles médicos de comprobación de la I.T. Por ello, la Mutua recibe de Tesorería un porcentaje de las
HolaJosé, según el Real Decreto 6/2020 del 10 de marzo, la incapacidad temporal provocada por COVID, se considerará asimilada al accidente de trabajo, es decir, el trabajador recibirá el 75% de la base de cotización desde el día siguiente al que se emita dicha incapacidad, además el autónomo queda exento de pagar su cuota mensual
Siel número de días pendientes de pago es mayor a 120, entonces recibirás el pago máximo de 120 días. También tienes que tener en cuenta que el FOGASA solo cubre el pago de salarios pendientes de pago debido a una declaración de insolvencia o procedimiento concursal de la empresa. Por ejemplo: Si tu salario mensual es de 1,200
Ciertaspruebas médicas requieren una autorización previa por parte de MAPFRE. Puedes hacerlo desde cualquier lugar, a través de Internet (haciendo clic en este enlace), en la APP de Salud MAPFRE, a través de WhatsApp en el 920 750 075, en el teléfono 918 365 365 o de forma presencial. Leer más
Lostres primeros días de baja no cobrará nada. A partir del día 4 hasta el día 20 cobrará el 60% de su base reguladora. Desde el día 21 en adelante, cobrará el 75% de la baseLuegoserá del 75%, a partir del 21 día de la baja. De este modo, un autónomo que cotiza por la mínima cobraría del día 4 al 20 de baja un total de 18,8 euros diarios de prestación. A partir del día 21, el autónomo pasará a cobrar 23,6 euros diarios de prestación. Hay que tener en cuenta que, desde 2019, se exime de pagar cuota a los Licenciadaen C.C. de la Información por la U. Complutense, empezó a trabajar en Cinco Días en 2000 y antes pasó por las secciones de política y economía cU64.